En una resolución adoptada por el Pleno el pasado 5 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) modificó un acuerdo previo y reconoció que las personas privadas de la libertad enfrentan obstáculos reales para ejercer su derecho de defensa, por lo que ordenó la entrega completa de copias del expediente penal a un solicitante que había sido atendido parcialmente.
El caso, identificado como Recurso de Reclamación 206/2025, fue promovido por una persona en prisión que, al no recibir los documentos necesarios por parte de diversas autoridades, recurrió al Máximo Tribunal en busca de acceso a su expediente. La nueva resolución establece que juezas y jueces deben expedir y entregar las copias solicitadas, en reconocimiento de las condiciones de desventaja que enfrentan las personas privadas de la libertad para ejercer su defensa.
La decisión representa un ajuste interpretativo que fortalece el acceso efectivo a la justicia, al considerar que la privación de libertad no debe limitar el conocimiento pleno del proceso penal ni el ejercicio de los derechos procesales. En términos prácticos, la Corte establece que el acceso documental forma parte integral del derecho de defensa.
En otro pronunciamiento, el Alto Tribunal abordó la suspensión de audiencias en juicios orales penales. Determinó que los días que transcurren entre la suspensión y la reanudación de una audiencia deben contarse como días hábiles, conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales. Si el plazo máximo de 10 días hábiles se excede, el juicio deberá reiniciarse ante un tribunal distinto.
Esta interpretación busca evitar dilaciones injustificadas y garantizar los principios de continuidad, inmediación y tutela judicial efectiva. La medida también introduce mayor uniformidad procesal y certeza jurídica para todas las partes involucradas, incluyendo víctimas, personas acusadas y sus familias.
Ambas resoluciones reflejan un giro institucional hacia la protección sustantiva de derechos procesales, con énfasis en condiciones de vulnerabilidad y en la eficiencia del sistema judicial. La Corte, en su nueva composición, reafirma su papel como garante del acceso a la justicia en contextos donde las barreras estructurales pueden comprometer el ejercicio pleno de los derechos fundamentales.

