SCJN invalida restricción del IMSS y ordena garantizar insumos médicos esenciales para niñas, niños y adolescentes

by Enlace Noticias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad, con efectos generales, del artículo 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, disposición que excluía de la cobertura del Seguro de Enfermedad y Maternidad la entrega de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas para niñas, niños y adolescentes derechohabientes.

La resolución deriva de un juicio de amparo promovido por los padres de un menor con discapacidad auditiva a quien el IMSS negó un implante coclear necesario para tratar hipoacusia bilateral profunda, argumentando que el reglamento prohibía expresamente esa prestación. La Segunda Sala otorgó el amparo y estableció jurisprudencia al considerar que la exclusión vulneraba los derechos a la salud, a la seguridad social y al interés superior de la niñez previstos en el artículo 4 constitucional y en la Convención sobre los Derechos del Niño.

El Tribunal concedió un plazo de 90 días para modificar la norma, pero al no cumplirse, el Pleno inició el procedimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad. Con ello, la Corte determinó que la invalidez debía extenderse más allá del caso concreto para beneficiar a todas las personas menores de edad en situación similar, al concluir que ninguna disposición reglamentaria puede impedir de manera generalizada el acceso a insumos médicos indispensables para atender una discapacidad.

La decisión obliga al IMSS a garantizar estos servicios sin restricciones reglamentarias y establece un precedente que refuerza la protección constitucional de la niñez en materia de salud y seguridad social.

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