Suprema Corte declara inconstitucional excluir a padres dependientes de pensión por muerte del IMSS

by Enlace Noticias

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Régimen de Pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es inconstitucional al excluir a los padres del trabajador fallecido del derecho a recibir pensión por muerte cuando existen otros beneficiarios, como cónyuge o hijos. La decisión establece que la dependencia económica de los ascendientes es suficiente para reconocerles el derecho a la pensión en concurrencia con otros familiares.

El criterio adoptado por la Sala se basa en el principio de no discriminación, al considerar que la exclusión de los padres no toma en cuenta que, en muchos casos, estos pueden ser adultos mayores o personas con discapacidad que dependían económicamente del asegurado. La resolución también reconoce la existencia de diversos tipos de estructuras familiares, más allá del modelo tradicional, y subraya que el sistema de seguridad social debe reflejar esta pluralidad.

La sentencia implica que los ascendientes que acrediten dependencia económica podrán acceder a la pensión por muerte junto con otros beneficiarios legales, sin que su derecho quede condicionado a la inexistencia de cónyuge o hijos del trabajador fallecido.

Este fallo modifica la interpretación vigente del artículo correspondiente del Régimen de Pensiones del IMSS, y sienta un precedente para casos similares en los que se impugne la negativa de pensión a padres dependientes. La resolución no modifica directamente la ley, pero obliga a las autoridades administrativas y jurisdiccionales a aplicar el criterio de la Corte en casos futuros.

La decisión se enmarca en una tendencia jurisprudencial que busca ampliar la protección social a grupos históricamente excluidos, y plantea implicaciones para la administración de recursos del sistema de pensiones, así como para la revisión de normas que regulan el acceso a prestaciones por fallecimiento.

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