Suprema Corte avala embargo parcial de fondos de retiro para garantizar pensión alimenticia infantil

by Enlace Noticias

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los recursos depositados en la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de las personas trabajadoras al servicio del Estado pueden ser embargados, de forma excepcional y limitada, para garantizar el cumplimiento de obligaciones alimentarias a favor de menores de edad.

La decisión se dio al analizar la constitucionalidad del artículo 79, tercer párrafo, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, que establece la inembargabilidad de dichos fondos. El Alto Tribunal concluyó que esta protección legal no tiene rango constitucional y que, en caso de conflicto con el interés superior de la infancia, debe prevalecer este último.

Según la resolución, el embargo solo será procedente si se cumplen ciertos requisitos: que el deudor alimentario esté desempleado, que no cuente con otros bienes para cubrir la pensión, y que se respete el límite de disponibilidad que la ley permite a los trabajadores desempleados —esto es, el menor entre 75 días de su salario básico o el 10% del saldo de la subcuenta, a partir del día 46 de desempleo.

La SCJN también estableció un orden de prelación para el embargo: primero deben agotarse las aportaciones voluntarias que excedan veinte veces el salario mínimo anual; solo en ausencia de estos fondos podrá procederse contra la subcuenta de retiro. Además, el monto embargado deberá ser suministrado semanalmente por la Afore o el Instituto correspondiente, con el fin de cubrir el mínimo vital del menor beneficiario.

El fallo, aprobado por unanimidad de cinco votos, fue emitido en el marco del amparo en revisión 652/2024, con ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. La Sala consideró que esta interpretación permite armonizar el derecho a la seguridad social de las personas trabajadoras con la obligación constitucional del Estado de proteger el interés superior de la niñez.

Con esta resolución, la Corte establece un precedente sobre la disponibilidad condicionada de los fondos de retiro en contextos de incumplimiento de obligaciones alimentarias, y delimita el alcance de la inembargabilidad prevista en la legislación secundaria.

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