La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este lunes la invalidez de disposiciones contenidas en la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios, al considerar que vulneran principios constitucionales relacionados con la seguridad jurídica, la libertad de expresión y la distribución de competencias entre niveles de gobierno.
En sesión del Pleno, el Máximo Tribunal declaró inconstitucional la redacción que tipificaba como infracción “faltar al respeto al público que asiste a eventos o espectáculos, con agresiones verbales”. La Corte argumentó que dicha formulación es ambigua y permite a las autoridades municipales aplicar sanciones de manera discrecional, sin criterios objetivos ni previsibilidad jurídica. Esta ambigüedad, señaló, puede derivar en restricciones indebidas a la libertad de expresión, afectando el ejercicio de derechos fundamentales.
Asimismo, se invalidaron parcialmente las disposiciones que autorizaban la creación de un “Registro de Personas Infractoras” bajo la administración de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal o su equivalente. La SCJN determinó que la facultad para establecer registros de personas detenidas corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión, conforme al marco constitucional vigente. En consecuencia, se reafirmó que las autoridades locales deben ceñirse a los límites establecidos por la Constitución en materia de sanciones administrativas y protección de derechos humanos.
La resolución incluye la instrucción de notificar al Congreso local sobre los alcances del fallo, subrayando la necesidad de que toda legislación en materia de justicia cívica sea clara, evite márgenes de discrecionalidad y respete las competencias federales. Con ello, la Corte busca garantizar que las normas aplicables en el Estado de México se ajusten a los principios de legalidad, proporcionalidad y respeto a los derechos fundamentales.
El fallo sienta un precedente relevante en la interpretación constitucional de las facultades locales en materia de justicia administrativa, y establece parámetros para evitar que disposiciones normativas ambiguas se traduzcan en prácticas que vulneren derechos ciudadanos. La decisión de la SCJN refuerza el papel del Poder Judicial como garante de la seguridad jurídica y del equilibrio entre los distintos órdenes de gobierno.

