SCJN avala suspensión provisional en cambios de adscripción cuando exista riesgo para niñas, niños y adolescentes

by Enlace Noticias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó un criterio obligatorio que modifica el tratamiento de los cambios de adscripción en tribunales agrarios, al determinar que sí es posible conceder la suspensión provisional de estos movimientos cuando se acredite una posible afectación al interés superior de niñas, niños y adolescentes.

El pronunciamiento surgió tras la revisión de criterios contradictorios emitidos por dos tribunales colegiados en recursos de queja promovidos por menores de edad que impugnaron el cambio de adscripción de su madre o padre a ciudades distintas. Mientras uno de los órganos jurisdiccionales consideró que suspender provisionalmente la medida afectaba el interés social y el orden público, el otro estimó procedente la suspensión al advertir que la ejecución inmediata podía vulnerar derechos de la niñez.

La Corte resolvió que, aunque por regla general los cambios de adscripción responden al interés público y no deben suspenderse, sí procede otorgar la suspensión de manera excepcional cuando exista un riesgo relevante o de difícil reparación para niñas, niños o adolescentes involucrados. El criterio establece que la protección debe activarse cuando el traslado pueda afectar la continuidad educativa —especialmente si ocurre durante el ciclo escolar o en casos de menores con discapacidad o necesidades específicas— o comprometer el acceso a servicios de salud y tratamientos indispensables.

Con esta determinación, el máximo tribunal reafirma que el interés superior de la niñez debe prevalecer como consideración primordial frente a actos administrativos que puedan generar afectaciones graves a sus derechos humanos. El criterio será de aplicación obligatoria para los tribunales del país y orientará futuras resoluciones en casos donde decisiones laborales de personas servidoras públicas impacten directamente en la vida de niñas, niños y adolescentes.

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