La Suprema Corte invalida disposiciones que vulneraban la autonomía institucional y los derechos fundamentales

by Enlace Noticias

En sesión celebrada el 21 de octubre de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió las controversias constitucionales 260 y 283 de 2024, estableciendo criterios que refuerzan la autonomía presupuestal de los poderes judiciales y órganos constitucionales autónomos locales, así como la protección de derechos fundamentales frente a disposiciones municipales consideradas injustificadas.

En el primer caso, el Pleno declaró inválida la decisión del Congreso del Estado de Morelos que ordenó el pago de pensiones por jubilación a dos personas trabajadoras con cargo al presupuesto del Poder Judicial local y de la Fiscalía General del Estado, sin consulta ni transferencia de recursos. La Corte sostuvo que dicha medida vulnera el principio de autonomía de gestión presupuestal, afectando la independencia judicial y la división de poderes. En relación con la Fiscalía, se concluyó que se transgredió la autonomía e independencia propias de los órganos constitucionales autónomos, lo que compromete el ejercicio libre de sus atribuciones.

En otro fallo, la SCJN invalidó diversas disposiciones municipales del estado de Oaxaca por contravenir principios constitucionales. Entre ellas, se anularon tarifas impuestas para la obtención de certificados médicos por parte de personas privadas de la libertad, al considerar que implicaban discriminación y violaban los principios de equidad y proporcionalidad tributaria.

Asimismo, se declararon inconstitucionales las sanciones por no usar cubrebocas en espacios públicos, debido a que la norma carecía de condiciones claras y no estaba vinculada a declaratorias de emergencia sanitaria, lo que otorgaba discrecionalidad a la autoridad para imponer multas.

El Pleno también invalidó normas que sancionaban conductas como “faltas a la moral”, “insultos a la autoridad” o cantar canciones con “palabras altisonantes”, al considerar que se trataba de expresiones ambiguas que favorecían la censura y afectaban la libertad de expresión. Finalmente, se determinó que los municipios no tienen competencia para imponer sanciones por juegos de apuestas en espacios públicos, ya que esa materia corresponde al Congreso de la Unión.

Con estas resoluciones, la SCJN reafirma su papel como garante de la división de poderes, la autonomía institucional y la protección efectiva de los derechos humanos en el ámbito local.

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