Suprema Corte Prohíbe Restricciones Arbitrarias en Admisión de Escuelas Privadas de Nivel Básico

by Enlace Noticias

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que las escuelas privadas de nivel básico no pueden implementar normas, publicidades, contratos o prácticas que reserven de forma abierta y arbitraria el derecho de admisión de estudiantes o familias. Esta resolución, tomada el 25 de enero de 2023, subraya la repercusión social de dichas reservas, que afectan el derecho a la educación, protegido por el artículo 3º constitucional, y el interés superior de la niñez, protegido por el artículo 4º de la Carta Magna.

Los ministros de la Primera Sala, con el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo como ponente, enfatizaron que el acceso a las instituciones educativas particulares debe garantizarse en condiciones de igualdad de oportunidades y sin discriminación. La Ley General de Educación obliga a estas instituciones a no afectar la igualdad en el trato a los educandos y faculta a la autoridad educativa federal a expedir normas de control escolar en educación básica, facilitando la inscripción, reinscripción, acreditación, promoción, regularización y certificación de estudios.

La sentencia fue publicada el 26 de enero de 2024 en la Tesis de Jurisprudencia 1a./J. 15/2024 (11a.) y 1a./J. 17/2024 (11a.), con registros digitales disponibles en los enlaces 2028067 y 2028082. Esta decisión marca un precedente importante para asegurar el acceso equitativo y sin discriminación a la educación básica en el sector privado.

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