SCJN Niega Suspensión Definitiva en Caso de Nombramiento de Magistratura del TFJA y Afirma que el Cargo Concluyó por Ministerio de Ley

by Enlace Noticias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió negar la suspensión definitiva solicitada en un juicio de amparo promovido por una persona que ocupó una magistratura en la Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, cuyo periodo de diez años inició en 2009 y concluyó en 2019. El asunto llegó al Pleno tras la impugnación de una suspensión previamente concedida por un juzgado.

El caso se originó luego de que, pese a haber recibido una evaluación favorable para un nuevo nombramiento conforme al régimen transitorio de la Ley Orgánica del TFJA de 2016, la persona no fue propuesta nuevamente por el Poder Ejecutivo. En 2024, el Ejecutivo emitió un comunicado dejando sin efectos diversas propuestas no ratificadas y decidió no designar de nuevo a la persona magistrada. Ante ello, la interesada solicitó que no se le removiera, no se declarara vacante su plaza y se mantuvieran sus derechos laborales.

El Pleno de la Corte determinó que el asunto no corresponde a un procedimiento de ratificación, sino a un proceso para obtener un nuevo nombramiento, pues el cargo concluyó por ministerio de ley en 2019. La negativa del Ejecutivo, aun con evaluación favorable, constituye un acto definitivo cuya constitucionalidad deberá analizarse en el fondo del juicio de amparo, particularmente en lo relativo a fundamentación y motivación.

Respecto a la medida cautelar, la Corte sostuvo que conceder la suspensión contravendría disposiciones de orden público previstas en el artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo, además de interferir con la facultad del Ejecutivo —con participación del Senado o de la Comisión Permanente— para realizar nombramientos conforme a la normativa aplicable. El Pleno enfatizó que impedir el avance del procedimiento afectaría el interés social, pues las reglas que rigen estos nombramientos buscan garantizar una impartición de justicia pronta, completa, gratuita e imparcial, como exige el artículo 17 constitucional.

Con esta resolución, la SCJN dejó firme que la discusión de fondo continuará en el juicio de amparo, pero sin frenar el proceso institucional de designación en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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