El diputado Emilio Suárez Licona, del PRI, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal Federal con el objetivo de sustituir los términos “pornografía” y “turismo sexual” por conceptos que, afirmó, describen con mayor precisión la naturaleza criminal de estas conductas cuando involucran a personas menores de dieciocho años o a quienes no pueden comprender o resistir el hecho. La propuesta fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis.
La iniciativa plantea modificar los artículos 85, 200, 201, 202, 203 y 203 Bis, así como el 209 Bis, este último para eliminar cualquier referencia al consentimiento en el delito de pederastia. También propone cambiar las denominaciones de los Capítulos II y III del Título Octavo del Código Penal Federal, con el fin de armonizar la terminología y establecer una tipificación más precisa de los delitos relacionados con explotación sexual infantil.
El Capítulo II pasaría a denominarse “Explotación de material audiovisual de contenido sexual de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo”. En el caso del Capítulo III, el término “Turismo Sexual” sería sustituido por “Explotación sexual en sitios turísticos”, bajo los mismos criterios de protección a personas menores o en situación de incapacidad.
En su exposición de motivos, Suárez Licona sostuvo que la reforma no constituye únicamente una actualización técnica, sino un acto de responsabilidad institucional para nombrar correctamente la violencia y evitar que el lenguaje jurídico minimice el daño o distorsione la conducta delictiva. Señaló que el uso del término “pornografía” para referirse a evidencia de violación infantil genera una percepción errónea al asociarse con prácticas adultas de libre decisión, lo que resulta inaplicable y ofensivo para las víctimas.
El legislador argumentó que la expresión “turismo sexual” invisibiliza redes de trata y explotación infantil, además de omitir la responsabilidad de prestadores de servicios turísticos que facilitan o toleran estos delitos. Asimismo, calificó como inaceptable que la ley incluya la frase “con o sin su consentimiento”, pues implica reconocer una capacidad inexistente en niñas, niños y adolescentes para aceptar su propia victimización.
Suárez Licona advirtió que México enfrenta una crisis creciente de violencia sexual contra la infancia. Citó datos de la ENDIREH 2021, según los cuales 12.6 por ciento de las mujeres entrevistadas sufrió algún tipo de violencia sexual antes de los 15 años, un incremento del 45 por ciento respecto a 2016. Este aumento, afirmó, evidencia fallas en los mecanismos de prevención del Estado.
El diputado subrayó que la necesidad de endurecer y clarificar los tipos penales responde también a criterios de salud pública, ya que la violencia sexual en etapas tempranas tiene efectos duraderos que pueden derivar en enfermedades crónicas, conductas autodestructivas y riesgo de suicidio en la adolescencia. Por ello, insistió en que la legislación debe reflejar la gravedad del daño y ofrecer herramientas más precisas para su combate.
La propuesta continuará su curso legislativo en comisiones, donde se evaluará su viabilidad jurídica y su impacto en la actualización del marco penal en materia de protección a la infancia.

