En una decisión trascendental para la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia en México, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó varias disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares que se consideraron contrarias al interés superior de niñas, niños y adolescentes.
Entre las disposiciones invalidadas se encuentran los artículos 610, fracciones II y IV, que facultaban a las entidades federativas para establecer una edad específica a partir de la cual los menores podían solicitar y recibir cuentas por parte de sus tutores. La Corte consideró que estas disposiciones vulneraban lo dispuesto en la Constitución Federal y la Convención sobre los Derechos del Niño, al supeditar la participación de los menores en asuntos que les afectan a un criterio de edad, en lugar de su grado de madurez y capacidad de comprensión.
Asimismo, el artículo 638, fracción III, que establecía que la restitución de un menor a su hogar habitual solo podía negarse si habían transcurrido más de tres años desde la solicitud, fue también invalidado. La Corte argumentó que esta disposición no consideraba las circunstancias particulares de cada menor, lo que podría poner en riesgo su derecho a vivir en familia y mantener relaciones con sus progenitores.
La decisión de la Corte se originó a partir de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), quien demandó la invalidez de estos preceptos por considerar que vulneraban los derechos fundamentales de la infancia y adolescencia en México.
El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien estuvo a cargo de la ponencia, subrayó la importancia de garantizar que las leyes mexicanas se alineen con el principio del interés superior de la infancia, reconociendo a los menores como sujetos de derecho con autonomía progresiva.
Esta resolución refuerza el compromiso de México con la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, asegurando que las normas legales reflejen y respeten sus intereses y necesidades específicas en cada caso.

