La Corte protege la educación laica al invalidar disposición de Nuevo León sobre la concepción de la vida

by Enlace Noticias

En una decisión trascendental, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una disposición de la Ley de Educación del Estado de Nuevo León que establecía una visión unitaria sobre el inicio y fin de la vida. La Corte determinó que dicha disposición violaba el principio de neutralidad ideológica y religiosa que el Estado debe mantener en la educación pública.

La disposición, contenida en el artículo 7, fracción XII, de la Ley de Educación de Nuevo León, establecía como uno de los fines educativos el desarrollo de actitudes solidarias que fomentaran el respeto a la vida «desde la concepción hasta la muerte natural». La SCJN consideró que esta frase imponía una visión específica sobre el inicio y fin de la vida, lo que contraviene el deber del Estado de ser neutral en cuestiones ideológicas y religiosas.

El Ministro Javier Laynez Potisek, ponente del caso, señaló que no existe un consenso científico, moral o religioso sobre el momento exacto en que comienza la vida humana. En este contexto, la imposición de una visión única a través del sistema educativo estatal es incompatible con la libertad de creencias y el carácter laico de la educación.

La decisión de la Corte responde a la acción de inconstitucionalidad 238/2020, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que argumentó que la redacción de la ley vulneraba derechos fundamentales al imponer una visión parcial y específica sobre un tema que no cuenta con unanimidad científica ni moral.

Con esta resolución, la SCJN reafirma la importancia de mantener una educación laica y respetuosa de la diversidad de creencias, asegurando que el sistema educativo no se convierta en un vehículo para promover doctrinas particulares. Esta decisión subraya el compromiso del Estado mexicano con la neutralidad ideológica en la educación, un pilar esencial para garantizar la libertad de creencias en el país.

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