SCJN declara inconstitucional el internamiento involuntario de personas con discapacidad intelectual en hospitales psiquiátricos

by Enlace Noticias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentó un precedente histórico al determinar que es inconstitucional que una persona con discapacidad intelectual permanezca internada en un hospital psiquiátrico sin su consentimiento. La Primera Sala de la SCJN resolvió el amparo en revisión 323/2024, derivado del caso de un joven que ha estado internado desde 2015 a petición de su madre y sin haber dado su autorización explícita.

El caso comenzó cuando el joven fue internado por solicitud de su madre, quien argumentó que el cuidado de su hijo rebasaba sus capacidades y representaba un riesgo para ella y sus otras hijas, debido a episodios violentos. A pesar de que el hospital dio de alta al joven en 2015, su madre promovió un amparo para exigir la continuidad del tratamiento y la permanencia en la institución psiquiátrica, reclamando la omisión de las autoridades de brindarle el apoyo que consideraba necesario.

La sentencia inicial otorgaba el amparo a la madre, pero el joven recurrió la decisión argumentando que nunca fue consultado sobre su deseo de permanecer internado. La SCJN atrajo el caso y analizó los derechos de las personas con discapacidad intelectual, concluyendo que el internamiento involuntario no solo vulnera el derecho a la salud y al consentimiento informado, sino que también niega la capacidad jurídica y la autodeterminación de los individuos.

En línea con las reformas de 2022 a la Ley General de Salud, que eliminan la figura de internamiento involuntario y promueven un modelo basado en el consentimiento informado, la SCJN determinó que el joven debe ser consultado de manera libre e informada sobre su deseo de seguir internado. Las autoridades tendrán la obligación de realizar ajustes razonables para que el joven pueda expresar su voluntad y, si decide salir de la institución, garantizar su reintegración a la sociedad con las condiciones de apoyo necesarias.

La ponencia de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat subrayó que esta resolución es un paso fundamental para reconocer la dignidad y la capacidad de las personas con discapacidad intelectual de decidir sobre su vida y su salud, asegurando que su consentimiento sea el eje central en cualquier tratamiento.

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