El Servicio de Administración Tributaria informó que la Constancia de Situación Fiscal no es un requisito para la emisión de facturas electrónicas y advirtió que cualquier emisor que condicione la entrega de un CFDI a la presentación de este documento incurre en una infracción sancionada con multas que pueden alcanzar los 122 mil 440 pesos. La autoridad fiscal recordó que el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación establece esta prohibición y fija un rango de sanciones que va de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos.
El organismo precisó que para generar una factura únicamente se requiere la clave del RFC, el nombre o razón social, el código postal y el régimen fiscal del receptor, información que puede obtenerse mediante la Cédula de datos fiscales disponible en línea. Subrayó que la CSF contiene datos relevantes solo para la persona contribuyente, como actividades económicas, obligaciones y domicilio fiscal, por lo que no es necesaria para la emisión de comprobantes fiscales.
El SAT también aclaró que los empleadores no deben solicitar la Constancia de Situación Fiscal a sus trabajadores para el timbrado de nómina. En caso de requerir información, pueden obtenerla mediante un caso de aclaración conforme a la ficha de trámite 44/CFF incluida en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
La autoridad fiscal recordó que la CSF no tiene vigencia definida y solo se actualiza cuando la persona contribuyente modifica su información en el RFC, como un cambio de domicilio, actualización de régimen o incorporación de CURP, por lo que no es necesario obtenerla de manera periódica.
El documento puede descargarse a través de distintos canales: el portal del SAT con contraseña o e.firma vigente; la aplicación SAT Móvil; la plataforma SAT ID, que permite recibirla mensualmente; la Oficina Virtual mediante cita; y de manera presencial en las oficinas del SAT sin cita, presentando identificación oficial o huella digital.
Con este posicionamiento, el SAT busca frenar prácticas indebidas en la emisión de facturas y reiterar que la CSF es un documento informativo para uso exclusivo de la persona contribuyente, no un requisito para operaciones fiscales cotidianas.

