La Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) señaló que la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que valida el bloqueo de cuentas bancarias por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sin orden judicial previa, abre un escenario de incertidumbre jurídica con efectos directos en la inversión, la operación empresarial y el cumplimiento de principios constitucionales.
De acuerdo con el organismo, la decisión del Pleno —derivada de la Acción de Inconstitucionalidad 58/2022 y aprobada por mayoría de seis votos contra tres— abandona el criterio previo del propio tribunal y permite que la UIF restrinja recursos con base en “indicios suficientes” de presunta vinculación con operaciones ilícitas o financiamiento al terrorismo. COPARMEX advirtió que este esquema tensiona el artículo 14 constitucional y diversos tratados internacionales, al autorizar afectaciones patrimoniales sin controles judiciales previamente definidos.
El organismo empresarial sostuvo que la medida también impacta el principio de presunción de inocencia previsto en el artículo 20 constitucional, al generar efectos equiparables a una sanción antes de que exista una resolución judicial. Señaló que esta facultad coloca a personas y empresas en una posición de desventaja para ejercer su defensa, al no contar con reglas claras sobre los estándares probatorios, los plazos de la medida cautelar ni los mecanismos de revisión.
COPARMEX subrayó que la confianza en el entorno institucional es determinante para la inversión nacional y extranjera. Cuando una autoridad puede restringir activos sin control judicial previo, afirmó, se altera la percepción de riesgo y se reduce la disposición de capital para operar en el país, especialmente en un contexto de competencia global y compromisos derivados del T-MEC.
El organismo destacó que las micro, pequeñas y medianas empresas —que representan más del 99 por ciento del tejido productivo— son las más vulnerables ante un bloqueo de cuentas, ya que dependen de liquidez diaria para cumplir con nómina, proveedores y obligaciones financieras. Un bloqueo, incluso temporal, puede comprometer la continuidad operativa y los empleos asociados.
La resolución de la Corte, señaló COPARMEX, no cierra el debate y genera una responsabilidad directa para el Poder Legislativo y las autoridades regulatorias, que deberán definir parámetros claros para evitar discrecionalidad. Entre las propuestas planteadas por el organismo se encuentran: establecer criterios objetivos que justifiquen un bloqueo; incorporar control judicial previo en un plazo máximo de seis horas; fijar límites temporales para sustentar la medida; garantizar notificación inmediata al titular; y crear un régimen de responsabilidad por afectaciones derivadas de actuaciones infundadas, además de mecanismos de transparencia sobre el uso de estas facultades.
COPARMEX reiteró que el combate a la ilegalidad debe ser compatible con la seguridad jurídica y que la protección del patrimonio de personas y empresas es condición indispensable para el desarrollo sostenido del país.

