La Corte confirma determinaciones del INAI y ordena la entrega de información pública solicitada por la ciudadanía

by Enlace Noticias

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este martes dos resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), que ordenaban la entrega de información pública solicitada por la ciudadanía, al considerar que no se acreditaba ningún riesgo real para la seguridad nacional.

Los fallos derivan de recursos de revisión promovidos por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en los que se impugnaban decisiones del INAI que instruían a diversas autoridades a entregar información relacionada con temas de seguridad pública y energética.

En el Recurso de Revisión en materia de Seguridad Nacional 1/2024, la solicitud ciudadana pedía conocer el estado de fuerza de las corporaciones policiales estatales preventivas entre 2010 y 2022. El INAI había ordenado la entrega de los datos correspondientes al periodo de 2010 a 2018, al considerar que ya no podían ser clasificados como reservados, mientras que se mantuvo la confidencialidad de la información de 2019 a 2022, la cual no fue impugnada por el solicitante.

La SCJN coincidió con el criterio del INAI, al establecer que no se comprobó cómo la divulgación de datos desactualizados sobre fuerzas estatales preventivas podría ser aprovechada por la delincuencia organizada. Asimismo, determinó que la antigüedad de la información reduce cualquier posible impacto sobre la seguridad nacional.

En el Recurso de Revisión en materia de Seguridad Nacional 6/2023, la solicitud ciudadana requería datos técnicos del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) relacionados con la reserva operativa y reactiva. El INAI ordenó su entrega al considerar que la información no comprometía la integridad del sistema eléctrico ni representaba un riesgo significativo.

El Pleno de la Corte resolvió que la Consejería Jurídica no logró demostrar que la información solicitada detallara acciones específicas que pudieran afectar la prestación del servicio eléctrico o las instalaciones del SEN. Subrayó que los datos eran generales y no hacían referencia a protocolos específicos en situaciones de emergencia.

En ambos casos, la Corte concluyó que las autoridades federales no acreditaron la existencia de un riesgo real, demostrable e identificable para la seguridad nacional que justificara reservar la información. Por lo tanto, ratificó las resoluciones del INAI y confirmó el derecho de la ciudadanía al acceso a la información pública.

Estas decisiones reafirman el papel del INAI como garante de la transparencia y el acceso a la información en México, frente a intentos de opacidad bajo argumentos de seguridad nacional que no se sostienen jurídicamente.

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