Diputados aprueban por unanimidad endurecimiento de penas por delitos ambientales y devuelven reforma al Senado sin cambios

by Enlace Noticias

Con 450 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal para incrementar las sanciones por delitos contra el ambiente y la gestión ambiental, y lo devolvió al Senado para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional. La decisión se tomó sin modificaciones, luego de que la Comisión de Justicia declarara improcedentes los cambios planteados por la colegisladora.

El dictamen establece nuevas penas para quienes se nieguen sin causa legítima a prestar un servicio de interés público o desobedezcan un mandato legítimo de la autoridad, con sanciones que van de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a cien días multa. También fija de seis meses a tres años de prisión y multa similar para quienes, mediante fuerza, amago o amenaza, se opongan al ejercicio de funciones de la autoridad o resistan un mandato ejecutado legalmente.

Para quien quebrante sellos colocados por autoridad competente, la pena será de dos a siete años de prisión y de cien a diez mil días multa, incrementándose hasta una tercera parte si, tras romper el sello, continúa la conducta que originó la sanción. La reforma endurece de manera significativa las penas por contaminación: de dos a diez años de prisión y de seiscientos ochenta y siete a seis mil ochocientos setenta y ocho días multa para quien descargue, deposite o infiltre ilícitamente aguas residuales, químicos, desechos o contaminantes en suelos, subsuelos, ríos, mares o cuerpos de agua federales, causando daño o riesgo a ecosistemas, flora, fauna o calidad del agua.

La misma pena aplicará a quien introduzca o trafique recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta que porten o hayan portado enfermedades contagiosas que puedan propagarse y afectar ecosistemas. Asimismo, se sancionará con uno a nueve años de prisión y de mil a cinco mil días multa a quien desmonte, extraiga o destruya vegetación natural o recursos forestales maderables, y con dos a diez años de prisión y multa similar a quien tale, derribe o arranque árboles o realice ocupación, invasión o cambio de uso de suelo en terrenos forestales.

Cuando estas conductas se realicen con armas de fuego, mediante violencia o con fines de lucro, las penas podrán aumentar hasta quince años de prisión y ocho mil días multa, y hasta veinte años y diez mil días multa si afectan Áreas Naturales Protegidas.

El dictamen también incorpora sanciones de dos a diez años de prisión y multas de seiscientos ochenta y siete a seis mil ochocientos setenta y ocho días multa para quienes generen, usen o difundan información falsa o simulada sobre desempeño ambiental de personas jurídicas, induciendo a error a consumidores, inversionistas o autoridades. Esto incluye la simulación para obtener certificados, distintivos o registros ambientales, así como información falsa en materia de comercio de emisiones de gases de efecto invernadero.

La Comisión de Justicia rechazó las modificaciones del Senado, que proponían sustituir días multa por Unidades de Medida y Actualización y añadir una excepción para personas campesinas, ejidatarias o comuneras que realicen ciertas conductas para satisfacer necesidades básicas. La Comisión argumentó que el artículo 423 ya contempla excepciones para comunidades rurales, indígenas y afromexicanas en casos de uso doméstico.

La presidenta de la Mesa Directiva, Kenia López Rabadán, informó que se recibieron propuestas de modificación al dictamen y ordenó su publicación íntegra en el Diario de los Debates. Con esta aprobación, la Cámara de Diputados reafirma un marco sancionatorio más severo para delitos ambientales, en un contexto de creciente presión social por la protección de los ecosistemas y la rendición de cuentas en materia ambiental.

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