SCJN Define Estándares de Prueba para Retención de Bienes en Materia Mercantil

by Enlace Noticias

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisó una sentencia de amparo promovida por dos empresas que otorgaron un préstamo a un particular con fines de especulación comercial, basado en un acuerdo verbal y conforme a las costumbres de su comunidad. Al incumplirse el pago, las empresas iniciaron un procedimiento prejudicial mercantil solicitando la retención de bienes del deudor y un banco para garantizar una futura sentencia.

Inicialmente, el juez concedió la retención, pero el tribunal de apelación la revocó, al considerar que no se probó la existencia de un crédito líquido y exigible, como lo exige el artículo 1175, fracción I, del Código de Comercio. Las empresas, en desacuerdo, promovieron un amparo indirecto alegando la inconstitucionalidad del artículo por exigirles probar plenamente la existencia del crédito, lo que, según ellas, violaba su derecho a la tutela judicial efectiva. Sin embargo, el Juez de Distrito negó la protección constitucional y las quejosas interpusieron un recurso de revisión.

Al resolver el recurso, la Primera Sala observó que el artículo 1175, fracción I, busca garantizar la seguridad jurídica al establecer requisitos para la retención de bienes, pero no especifica el nivel de comprobación necesario. El tribunal determinó que el estándar adecuado es uno intermedio, donde se requiera un nivel de confirmación fuerte, más sólido que un simple indicio, pero no tan pleno como en un juicio principal.

La Sala concluyó que el artículo es proporcional y constitucional bajo esta interpretación, negando el amparo solicitado y devolviendo la jurisdicción al Tribunal Colegiado para resolver los temas de legalidad pendientes.

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