Urgencia en la Reforma de la Ley Orgánica de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo

by Enlace Noticias

En un movimiento urgente y coordinado, la Rectora de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, Dra. Yarabi Ávila González, ha convocado a una sesión ordinaria del Consejo Universitario para el próximo viernes 8 de noviembre a las 10:00 horas. La sesión, que tendrá lugar en la Sala de Sesiones del organismo, abordará un único punto en el orden del día: la presentación del proyecto de reforma a la Ley Orgánica de la Universidad.

La iniciativa, presentada por el Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, Alfredo Ramírez Bedolla, busca reformar y adicionar diversas disposiciones a la Constitución Política del Estado y a la Ley Orgánica de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. A continuación, se destacan los puntos más importantes de la iniciativa:

  1. Autonomía Universitaria:
    • La Universidad gozará de autonomía conforme al artículo 3 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Educación Superior.
  2. Estructura de Gobierno Universitario:
    • La autonomía se deposita en la comunidad universitaria y será representada por el Consejo Universitario, incluyendo autoridades, trabajadores académicos, administrativos y alumnos.
  3. Atribuciones del Consejo Universitario:
    • Vigilar el cumplimiento de la Ley Orgánica.
    • Enviar a la Comisión de Rectoría un cuarteto para la elección del Rector o Rectora, integrado por dos hombres y dos mujeres.
    • Conocer y resolver asuntos de competencia exclusiva del Consejo Universitario.
    • Manejar la remoción y ausencias definitivas del Rector o Rectora.
  4. Comisión de Rectoría:
    • Encargada de nombrar al Rector o Rectora de entre un cuarteto enviado por el Consejo Universitario, asegurando la equidad de género.
  5. Tribunal Universitario:
    • Organismo autónomo encargado de gestionar acusaciones contra docentes, personal administrativo y alumnos, con capacidad de gestión propia y que juzgará con perspectiva de género.
  6. Procedimientos de Elección:
    • Establecimiento de registros y calendarios para que postulantes a Rector o Rectora presenten sus propuestas ante la comunidad universitaria.
    • Elección mediante voto ponderado por los sectores de alumnos, académicos y administrativos.
  7. Sistema de Pensiones y Jubilaciones:
    • Regulado por términos de los contratos colectivos y el reglamento correspondiente.

La urgencia de esta reforma radica en la necesidad de actualizar y mejorar la estructura y funcionamiento de la Universidad, garantizando la transparencia y equidad en los procesos de elección y gestión. La Dra. Yarabi Ávila González ha demostrado un firme compromiso con estos objetivos, coordinando estrechamente con el Ejecutivo estatal para llevar adelante estas reformas de manera expedita.

El Gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, con su papel crucial en la propuesta y promoción de estas reformas, subraya la importancia de la iniciativa para fortalecer la autonomía universitaria y la gobernanza interna. Su liderazgo en este proceso refuerza su compromiso con la transparencia, equidad de género y la autonomía educativa, elementos esenciales para el desarrollo del sistema educativo en Michoacán.

La sesión del Consejo Universitario del 8 de noviembre será crucial para la aprobación de estas reformas. La premura en la convocatoria y la coordinación entre la Rectora y el Ejecutivo reflejan la importancia y urgencia de estas modificaciones para mejorar la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, asegurando un futuro más justo y equitativo para toda la comunidad universitaria.

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