Por: Mtra. Liz Marisol Gómez González E
Estimado lector, como lo hemos precisado en las diversas publicaciones de estas columnas, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), en su carácter de organismo público autónomo, está dotado de diversas atribuciones que le permiten materializar su objetivo primordial consistente en proteger, promover, garantizar y defender los derechos de los contribuyentes por actos de las autoridades fiscales federales, el día de hoy te compartimos información sobre lo que puedes hacer cuando alguna autoridad fiscal te realice alguna auditoria o revisión fiscal para verificar el cumplimiento correcto y oportuno de tus obligaciones fiscales.
¿Qué es una auditoria o revisión fiscal?
Es una revisión pormenorizada de tu contabilidad, de los documentos que tengan relación con el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, por ejemplo: facturas, comprobantes fiscales, contratos que hayas celebrado con tus clientes o proveedores, papeles de trabajo, etc. que realiza la autoridad fiscal; medularmente consiste en verificar el cumplimiento de tus obligaciones como el pagado de impuestos, en caso de que no esté de acuerdo con la forma en que calculaste el pago de tus impuestos, lo hará de tu conocimiento en la revisión o auditoria que te realiza.
¿Cuáles son las autoridades fiscales que pueden realizar una auditoria o revisión fiscal?
Las autoridades fiscales federales como el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Organismos fiscales autónomos como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA); así como las autoridades coordinadas como pueden ser las Secretarias de Finanzas de los Estados.
¿Cuáles son las auditorias o facultades de comprobación que puede realizar la autoridad fiscal?
Las facultades de comprobación se encuentran previstas en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación y medularmente son las siguientes:
- Revisión de Gabinete
- Visita domiciliaria
- Revisión Electrónica
¿Qué puedes hacer si no estás de acuerdo con los hechos y omisiones que la autoridad fiscal determinó derivado de la revisión?
Una vez que los auditories o visitadores que revisaron tu documentación e información contable, no estén de acuerdo con la forma en que lo calculaste y determinaste el pago de tus impuestos, señalarán en un oficio de observaciones tratándose de una revisión de gabinete, o en una acta final tratándose de una visita domiciliaria o en una resolución provisional tratándose de una revisión electrónica, las observaciones y motivos por los que consideran que no calculaste o no determinaste de manera correcta tus obligaciones fiscales.
Por lo tanto, si no estás de acuerdo con las observaciones que la autoridad determine en la revisión que te realice, podrás solicitar ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) un Acuerdo Conclusivo, con la finalidad de exponer las diferencias que tengas con la autoridad fiscal que te realiza la revisión sobre las observaciones o forma en que analizó y valoró la documentación que le proporcionaste y en caso de reconocer el adeudo fiscal que la autoridad te determina,podrás solicitar en el Acuerdo Conclusivo, la regularización del adeudo y tener el beneficio de la reducción del 100% de las multas independientemente de su monto.
¿Cuál es el momento oportuno para solicitar un Acuerdo Conclusivo?
Una vez que la autoridad fiscal te notifique el documento donde señale las observaciones que determinó derivado de la revisión que te realiza, podrás solicitar el Acuerdo Conclusivo dentro de los 20 días siguientes a aquél en que se haya levantado el acta final, notificado el oficio de observaciones o la resolución provisional, según sea el caso. Puedes presentar la solicitud de Acuerdo Conclusivo ante PRODECON, de manera presencial mediante un escrito, o bien, a través del Sistema Electrónico de Acuerdos Conclusivos (SERAC), que apartir del 01 de septiembre de 2024 se denominará Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Servicios (SERSE).
Si te encuentras en alguna revisión o auditoria de por alguna autoridad fiscal, te invitamos a que acudas a nuestras oficinas ubicadas en Avenida Madero Poniente, número 630 Colonia Centro, C.P. 58000, Morelia, Michoacán, agendes tu cita en el teléfono 44 37 79 14 80, ext. 2200, 2212 y 2214, o al correo electrónico delegacionmichoacan@prodecon.gob.mx, o bien, ingresa tu solicitud de Acuerdo Conclusivo a través del Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Acuerdos Conclusivos (SERAC), disponible en nuestro portal institucional www.prodecon.gob.mx;
Te recordamos que todos nuestros servicios son totalmente gratuitos.
¡Hasta pronto!