Nuevo revés al Sindicato Minero, juez niega amparo y ratifica que toma de instalaciones es contrario a la Ley y a la Constitución

by Enlace Noticias

En un fallo reciente, el Juez Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México ha negado el amparo solicitado por el Sindicato Minero contra el archivo del emplazamiento a huelga, validando la decisión de no haberle dado trámite, ya que se comprobó que las labores estaban suspendidas antes de la fecha del anuncio oficial de huelga.

El Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos, con sede en la Ciudad de México, determinó archivar un nuevo emplazamiento a huelga presentado por el Sindicato Minero, confirmando la ilegalidad del paro de labores. Esta decisión se fundamenta en la toma ilegal de las instalaciones de la empresa ArcelorMittal México, iniciada el 24 de mayo. El emplazamiento a huelga, notificado a la empresa el 30 de mayo, señalaba el estallido de la misma para el 11 de junio.

El 8 de junio, tras verificar la forma en que se tomaron las instalaciones de la siderúrgica y comprobar que no se respetaron las determinaciones judiciales, el Juez del Tribunal Laboral Federal ordenó archivar los procedimientos de huelga 770/2024 y 771/2024, correspondientes a la mina y la planta siderúrgica, respectivamente.

El Sindicato Minero, no conforme con la decisión, presentó una demanda de amparo contra la orden de archivo del procedimiento de huelga, expediente número 1702/2024-III. En dicha demanda, el Sindicato trató de desacreditar al actuario que verificó la toma de las instalaciones en Lázaro Cárdenas, quien constató la restricción violenta de los accesos y la invalidez de la colocación de banderas rojinegras para considerar oficialmente la huelga.

El Juez Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, en su sentencia de ayer, rechazó el amparo solicitado por el Sindicato Minero, reafirmando la postura de ArcelorMittal México de que las acciones del sindicato y los trabajadores constituyen un secuestro de las instalaciones para exigir pagos excesivos no contemplados en la ley.

Con esta negativa de amparo y sin el emplazamiento oficial de huelga, se confirma que la suspensión de labores es ilícita y carece de fundamento legal. Este fallo también abre la posibilidad de declarar una causa de fuerza mayor, lo que podría llevar a la terminación definitiva de las relaciones laborales colectivas e individuales, proceso actualmente en trámite ante los Tribunales Colectivos de Trabajo en la Ciudad de México.

ArcelorMittal México reitera su compromiso con el cumplimiento de la ley y los derechos laborales, esperando una pronta resolución que extinga el contrato colectivo de trabajo y termine las relaciones laborales en términos legales.

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