En una sesión pública realizada el día de hoy, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolvió ocho medios de impugnación presentados por diversos actores políticos. La resolución fue emitida por la Magistrada Presidenta, Yurisha Andrade Morales, y los Magistrados Alma Rosa Bahena Villalobos, Yolanda Camacho Ochoa, y Salvador Alejandro Pérez Contreras.
Entre los asuntos tratados, se destacó la resolución del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-091/2024, promovido por el Partido MORENA contra el entonces candidato a la presidencia municipal de Morelia por los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD). El Tribunal determinó la inexistencia de las infracciones alegadas, que incluían la difusión indebida de propaganda gubernamental y el uso inapropiado de recursos públicos.
Además, el TEEM desechó el Recurso de Apelación TEEM-RAP-096/2024 presentado por MORENA, relacionado con un acuerdo del Instituto Electoral de Michoacán sobre medidas cautelares, argumentando que la emisión de una sentencia de fondo hizo que las medidas cautelares ya no fueran necesarias.
En otro punto, el Tribunal abordó el Juicio Ciudadano TEEM-JDC-031/2024, ordenando al Presidente del Ayuntamiento de Queréndaro cumplir parcialmente con una sentencia anterior debido a la falta de actuaciones adecuadas por parte de los responsables.
Asimismo, el TEEM resolvió el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-104/2024, en el que se declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas a funcionarios del Ayuntamiento de Morelia y a los partidos PAN y PRD. Se adoptó una decisión similar en el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-109/2024 y TEEM-PES-119/2024, en los que también se determinó la inexistencia de las infracciones alegadas.
El Tribunal también abordó el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-099/2024 relacionado con el Ayuntamiento de La Piedad, concluyendo que no se comprobaron las infracciones sobre propaganda gubernamental y promoción personalizada.
Finalmente, se aprobó el Proyecto de Sentencia TEEM-PES-089/2024, en el que se declaró la inexistencia de las conductas denunciadas por MORENA contra el Presidente Municipal y una Regidora de Morelia.
Estas resoluciones subrayan el compromiso del Tribunal Electoral del Estado con la justicia y la transparencia en el proceso electoral.