Por: Mtra. Liz Marisol Gómez González
Estimado lector, en esta ocasión de compartimos cuáles son las causas por las que la autoridad tributaria puede restringir y cancelar tu Certificado de Sello Digital (CSD), así como los servicios gratuitos que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) te brinda para proteger, promover, garantizar y defender tus derechos.
La restricción y/o cancelación del CFDI para una persona contribuyente puede afectar su ejercicio comercial, laboral y fiscal pues esto trae como consecuencia la falta de liquidez, retraso en pagos a proveedores, salarios de trabajadores, entre otros, toda vez que se encuentra imposibilitado para la emisión de los CFDI.
Lo anterior, toda vez que dicha medida impide a las personas contribuyentes utilizar el archivo digital que sella o firma la cadena original de los CFDI por lo que no es posible emitir esos comprobantes
Las causas por los que la autoridad tributaria puede restringir temporalmente el CSD a las personas contribuyentes en términos del artículo 17-H Bis, son las siguientes:
- Omisión en la presentación de declaraciones.
- Que la persona contribuyente se encuentre no localizada en el Procedimiento Administrativo de Ejecución o durante el ejercicio de facultades de comprobación.
- Dar efectos fiscales a CFDI sin demostrar materialidad.
- Que el domicilio no cumpla requisitos fiscales.
- Diferencias entre montos declarados y cantidades amparadas en CFDI.
- Medios de contacto incorrectos dados de alta en el Buzón Tributario.
Derivado de lo anterior, es importante revisar constantemente la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales para confirmar que no se tengan créditos fiscales susceptibles de cobro o declaraciones pendientes de presentar, asimismo revisar la constancia de situación fiscal para confirmar que efectivamente el estado del domicilio sea localizado y finalmente verificar que los datos de contacto dados de alta en Buzón Tributario se encuentren vigentes y sean los correctos, toda vez que es la vía por la cual la autoridad tributaria puede dar a conocer a la persona contribuyente el oficio mediante el cual determina la restricción y/o cancelación de su CSD.
Si te encuentras en alguno de estos supuestos puedes solicitar ante PRODECON, los servicios gratuitos de Orientación y Asesoría y Quejas y Reclamaciones con al finalidad de conocer si efectivamente existen inconsistencias que motiven la restricción y/o cancelación del CSD y orientarte para corregirlas, así como realizar el seguimiento respectivo al trámite correspondiente, o bien, conocer el oficio que señale los fundamentos y motivos de la restricción, obtener respuesta al caso de aclaración que presentes para desvirtuar los motivos, y solicitar a la autoridad que restablezca tu CSD al día siguiente a que presentes el caso de aclaración por el que se aporte información para desvirtuar la causal que motivó la restricción, como lo ordena el artículo 17-H bis del Código Fiscal de la Federación.
En caso de que la autoridad tributaria restrinja o cancele tu Certificado de Sello Digital y requieras mayor información te invitamos a que acudas a nuestras oficinas ubicadas en Avenida Madero Poniente, número 630 Colonia Centro, C.P. 58000, Morelia, Michoacán, agenda tu cita en el teléfono 44 37 79 14 80, ext. 2200, 2212 y 2214, o bien, al correo electrónico delegacionmichoacan@prodecon.gob.mx, o ingresando a la página www.prodecon.gob.mx.
Te recordamos que todos nuestros servicios son totalmente gratuitos.
¡Hasta pronto!