Cuando la realidad desmiente al discurso: Derecho entre el 90%, los horarios imposibles y ahora 853 materias que nadie explica

by Enlace Noticias

Por el Ensayista de San Nicolás

Hay momentos en la vida de una institución en los que ya no es necesario acudir a la denuncia de sus críticos para advertir que algo no funciona. Basta leer sus propios documentos, revisar sus horarios y contrastar sus comunicados con lo que ocurre diariamente en las aulas y oficinas. Eso es precisamente lo que hoy sucede en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. La contradicción entre el discurso institucional y la realidad académica ha alcanzado tal dimensión que son los propios datos difundidos por la administración provisional los que terminan poniendo en duda la narrativa construida desde Rectoría sobre un supuesto inicio histórico del ciclo escolar con el 90 por ciento de la planta docente cubierta.

El ciclo escolar 2026-2027 inició el pasado 10 de agosto acompañado de un discurso particularmente triunfalista. Desde la administración central se difundió como un hecho “inédito” que la Facultad de Derecho comenzara actividades con el 90 por ciento de sus materias asignadas. La afirmación no era menor. Pretendía presentar como éxito administrativo aquello que durante semanas había sido motivo de preocupación entre profesores y estudiantes. Sin embargo, pocos días después, la información comunicada oficialmente por la propia Directora Provisional, Dra. Laura Leticia Padilla Gil, a las jefas y jefes de grupo comenzó a revelar una realidad bastante distinta.

No estamos hablando de rumores, publicaciones anónimas o versiones construidas por adversarios de la Rectoría. Estamos hablando de información proveniente de la propia administración provisional de la Facultad. Y ésa es precisamente la parte más delicada del problema: cuando los datos oficiales contradicen al discurso oficial, la discusión deja de ser una disputa de opiniones para convertirse en una cuestión elemental de congruencia institucional.

La revisión de esa información permite encontrar grupos en los que aparecen apenas uno o dos profesores asignados, cuando la carga ordinaria de un semestre requiere aproximadamente ocho asignaturas y, consecuentemente, una cobertura docente sustancialmente mayor. Si existen grupos con semejante nivel de insuficiencia, resulta indispensable explicar qué metodología se utilizó para afirmar públicamente que se había alcanzado una cobertura del 90 por ciento. Porque una cosa es contabilizar materias administrativamente asignadas en una base de datos y otra, muy diferente, demostrar que existe un profesor efectivamente incorporado, con horario compatible, grupo determinado y condiciones reales para impartir la asignatura.

Pero el problema se vuelve todavía más profundo cuando se analizan los horarios comunicados a los jefes de grupo. Lo que debería proporcionar certeza se transforma, en diversos casos, en fuente adicional de confusión. Aparecen materias distintas programadas en un mismo horario para una misma sección; asignaturas que presentan inconsistencias respecto del docente o grupo en el que deberían impartirse; horarios que se superponen; cargas cuya ejecución simultánea resulta materialmente difícil o imposible y datos que obligan al estudiante a preguntarse cuál de las distintas informaciones debe considerar válida. No se trata únicamente de errores tipográficos. Cuando la programación académica presenta contradicciones, el error administrativo termina trasladándose directamente al salón de clases.

El horario universitario no es una simple hoja de cálculo. Detrás de cada casilla existe una asignatura que debe impartirse, un profesor que debe presentarse, un grupo que necesita un aula y decenas de estudiantes que organizan su vida académica alrededor de esa información. Por eso, colocar dos actividades incompatibles en el mismo espacio temporal, duplicar asignaciones o comunicar datos contradictorios no constituye una irregularidad inocua: significa trasladar a estudiantes y docentes las consecuencias de una planeación que correspondía resolver previamente a la autoridad.

De ahí surge una pregunta inevitable: ¿qué significa realmente tener “asignado” al 90 por ciento de los docentes? Si una materia aparece capturada pero el profesor no se presenta; si existe un nombre pero el horario se empalma; si dos asignaturas pretenden desarrollarse simultáneamente; si un grupo cuenta materialmente con uno o dos docentes cuando necesita alrededor de ocho; o si la propia administración tiene que continuar aclarando, corrigiendo y distribuyendo información después de iniciado el semestre, entonces el porcentaje deja de explicar la realidad académica. Una estadística puede ser formalmente construida y, sin embargo, resultar incapaz de describir lo que sucede en las aulas.

Y mientras se intenta sostener públicamente la narrativa del 90 por ciento, los problemas no terminan en la asignación docente. La crisis administrativa alcanza directamente a los estudiantes. Existen solicitudes de cambio de sección que permanecen sin respuesta; alumnos que al elegir su preespecialización encuentran materias empalmadas con sus horarios ordinarios; repetidores que son enviados a determinadas secciones sin que exista un control adecuado de capacidad; estudiantes reubicados por la desaparición de grupos que llegan a salones saturados, incluso sin espacio físico o butacas suficientes. Cada uno de estos casos podría parecer aislado. Observados conjuntamente, muestran algo distinto: una administración que está reaccionando sobre la marcha frente a problemas que debieron quedar resueltos antes del inicio del ciclo escolar.

Más grave todavía resulta la situación de quienes ya concluyeron prácticamente toda su trayectoria académica. Se han presentado casos de alumnos que realizaron su examen profesional y, sin embargo, enfrentan dificultades para concluir sus trámites porque no puede levantarse oportunamente el acta correspondiente. Aquí la desorganización deja de afectar solamente un horario o una clase. Incide en la titulación, en la posibilidad de acreditar formalmente la conclusión de los estudios y, eventualmente, en oportunidades profesionales y laborales de quienes cumplieron ya con sus obligaciones académicas.

Todo esto ocurre en medio de una circunstancia institucional que no puede ignorarse: la ausencia recurrente de la Directora Provisional, Dra. Laura Leticia Padilla Gil, y la falta de consolidación de una estructura directiva capaz de atender cotidianamente los problemas de una Facultad de las dimensiones de Derecho y Ciencias Sociales. Una institución con miles de estudiantes, profesores, personal administrativo, diversas modalidades y múltiples necesidades académicas no puede conducirse eficazmente desde la intermitencia. La autoridad universitaria no consiste solamente en ostentar un nombramiento; implica estar presente, decidir, resolver y asumir responsabilidad por las consecuencias de las decisiones adoptadas.

Y ahora aparece un concurso que abre todavía más preguntas

Como si este conjunto de contradicciones no fuera suficiente, este 18 de agosto apareció fijada en las vitrinas de la Facultad una convocatoria identificada como Concurso de Oposición Interno COI-I-2026/2027, firmada por la Directora Provisional, Dra. Laura Leticia Padilla Gil, mediante la cual se someten a concurso 257 materias correspondientes a los diferentes sistemas y Unidades Profesionales de la Facultad.

El dato, lejos de cerrar la discusión sobre la asignación docente, abre una interrogante mucho mayor. Días atrás, la propia rectora, Dra. Yarabí Ávila González, había hablado públicamente de más de 1,100 materias involucradas en el proceso de asignación. Hoy aparece una convocatoria que contempla solamente 257. La operación aritmética es sencilla: entre 1,110 —si se toma literalmente como referencia una cifra superior a 1,100— y 257 existe una diferencia de al menos 843 materias; si la cifra de referencia concreta fue 1,110, son 853. Por ello, antes de afirmar una diferencia exacta, la autoridad debería transparentar cuál fue el universo numérico preciso al que se refirió Rectoría. Lo sustancial, sin embargo, permanece: existe una diferencia de cientos de materias que requiere explicación.

¿Dónde están esas materias? ¿Qué ocurrió jurídicamente con ellas? ¿Fueron asignadas previamente? ¿A quiénes? ¿Mediante qué procedimiento? ¿Cuántas correspondieron a profesores titulares, cuántas fueron cubiertas mediante mecanismos contractuales y cuántas se otorgaron a profesores interinos de Asignatura “B”? ¿Cuántas se consideraron realmente vacantes y cuántas fueron excluidas del concurso? Ésas no son preguntas retóricas ni acusaciones. Son interrogantes perfectamente verificables que surgen de contrastar las propias cifras institucionales.

La aparición de este concurso genera además otra contradicción que merece ser explicada. Si el ciclo escolar comenzó, según Rectoría, con el 90 por ciento de las materias asignadas, ¿cómo debe interpretarse que una semana después aparezcan 257 materias sometidas a concurso de oposición interno? Si esas materias estaban vacantes y requerían concurso, entonces resulta necesario determinar si fueron contabilizadas dentro o fuera del supuesto 90 por ciento. Y si ya habían sido asignadas provisionalmente a determinados docentes, debe aclararse bajo qué figura fueron entregadas, durante cuánto tiempo y qué sucederá con quienes actualmente las estén impartiendo.

Aquí adquiere especial importancia el procedimiento seguido para emitir la convocatoria. Debe transparentarse si se dio formal y oportunamente vista a la representación sindical correspondiente, cuáles fueron las materias puestas a su conocimiento, qué observaciones formuló, qué trámites administrativos se realizaron antes de publicar el concurso y, sobre todo, cuáles fueron los criterios utilizados para determinar que precisamente 257 materias serían concursadas y no el universo mucho mayor del que previamente se había hablado.

Porque no basta con fijar una convocatoria en una vitrina para despejar las dudas acumuladas durante semanas. La legalidad universitaria no se satisface exclusivamente con la existencia física de un documento. También exige procedimiento, competencia, publicidad suficiente, respeto a los derechos laborales, igualdad de oportunidades y posibilidad real de verificar cómo se determinó el universo de plazas o materias sujetas a concurso.

La convocatoria aparece, además, firmada por la Dra. Laura Leticia Padilla Gil en su carácter de Directora Provisional, circunstancia que inevitablemente debe analizarse dentro del contexto jurídico e institucional que atraviesa actualmente la Facultad. No corresponde adelantar conclusiones que competen a las instancias jurisdiccionales, pero sí resulta legítimo preguntar cuál es el alcance de las decisiones administrativas adoptadas durante este periodo y cuáles podrían ser sus consecuencias si inciden sobre derechos académicos o laborales de terceros. Cuando existe una controversia sobre la conducción de una dependencia universitaria, la prudencia institucional debería ser mayor, no menor.

La opacidad, por tanto, no está únicamente en conocer quién recibió una materia. También consiste en no poder reconstruir con claridad el camino completo que llevó desde las más de 1,100 materias anunciadas públicamente, pasando por las asignaciones realizadas antes del inicio de clases y el supuesto 90 por ciento de cobertura, hasta llegar a las 257 materias que hoy aparecen formalmente sometidas a concurso.

Y precisamente por ello sería saludable que Rectoría y la administración provisional publicaran un concentrado completo: universo original de materias; aquellas cubiertas por profesores titulares; las correspondientes a tiempos completos; las asignadas mediante las distintas figuras previstas en la normativa laboral; las entregadas provisionalmente; las vacantes; las sometidas a concurso; las que permanecen sin profesor y las que fueron excluidas del procedimiento, indicando en cada caso el fundamento correspondiente. Con esa información terminarían inmediatamente las especulaciones.

Pero mientras esa explicación no exista, las cifras continuarán generando preguntas. Primero se habló de más de 1,100 materias. Después se anunció un inicio histórico con el 90 por ciento cubierto. Posteriormente, la información enviada a los jefes de grupo mostró secciones con carencias e inconsistencias. Ahora aparecen 257 materias en un concurso de oposición interno. Cada nueva pieza de información, en lugar de aclarar la anterior, parece abrir una nueva contradicción.

La Facultad de Derecho y Ciencias Sociales no necesita estadísticas espectaculares. Necesita profesores en sus aulas, horarios coherentes, concursos transparentes, respeto a los derechos laborales, trámites funcionando y autoridades presentes. Necesita que un estudiante sepa dónde tomar su clase, que un profesor conozca con certeza su carga académica y que cualquier universitario pueda comprender cómo se asignaron cientos de materias sin tener que reconstruir el procedimiento a partir de boletines, fotografías de vitrinas y comunicaciones dispersas.

Al final, la realidad universitaria posee una característica incómoda para cualquier estrategia de comunicación: tarde o temprano termina imponiéndose sobre el boletín. Se puede anunciar el 90 por ciento; se puede repetir que el inicio fue histórico; se puede hablar de más de 1,100 materias y posteriormente publicar un concurso de 257. Pero las matemáticas, los horarios y las aulas tienen la mala costumbre de exigir congruencia.

Y ahora la pregunta ya no es solamente dónde están los profesores.

La pregunta es también qué ocurrió con los cientos de materias que separan el discurso público de la convocatoria que hoy aparece en las vitrinas de la Facultad.

Porque cuando las cifras oficiales no coinciden entre sí, exigir que se expliquen no es atacar a la Universidad.

Es defender su legalidad, su transparencia y su credibilidad.

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