Article 19 cuestiona monitoreo del gobierno a periodistas y advierte riesgo de autocensura

by Enlace Noticias

ARTICLE 19 México y Centroamérica cuestionó el uso del espacio “Derecho de Réplica”, conducido por la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján, como mecanismo para monitorear y calificar la conversación pública, y advirtió que esta práctica puede afectar la libertad de expresión y generar efectos de autocensura.

La organización se refirió al análisis presentado el 12 de agosto por Alcalde sobre una supuesta “red de amplificación digital”, en el que fueron incluidos periodistas, comentaristas, analistas políticos, opositores al gobierno y presuntas cuentas anónimas en redes sociales.

ARTICLE 19 señaló que el ejercicio plantea cuestionamientos sobre el uso de recursos públicos y sobre las funciones que el Estado se atribuye para monitorear y calificar contenidos difundidos en internet.

Gobierno señala una red “bien coordinada”

De acuerdo con el documento difundido por la Consejería Jurídica, la supuesta red “evidentemente está bien coordinada” y estaría integrada por cuatro “capas” con distintas funciones, además de las cuentas y tendencias que, según el análisis, habrían amplificado determinados mensajes.

ARTICLE 19 cuestionó que no se haya explicado la metodología técnica ni los criterios utilizados para sustentar la conclusión de que existe una acción organizada entre los participantes.

La organización también cuestionó que el monitoreo se presente como una herramienta para combatir la desinformación. Sostuvo que el Estado debe recurrir a la transparencia, el acceso a información plural y el fortalecimiento del debate público, y que cualquier restricción a la libertad de expresión debe ajustarse a los límites establecidos por la Constitución y el derecho internacional de los derechos humanos.

ARTICLE 19 alerta por estigmatización

Uno de los principales señalamientos de ARTICLE 19 se refiere al riesgo de estigmatización de periodistas.

La organización recordó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha advertido sobre campañas de estigmatización y hostigamiento contra periodistas en distintos países de la región. De acuerdo con esa referencia, los discursos estigmatizantes provenientes de funcionarios pueden contribuir a crear un clima de hostilidad e intolerancia y aumentar la vulnerabilidad de quienes ejercen el periodismo.

ARTICLE 19 sostuvo que ejercicios como el atribuido a la Consejería Jurídica pueden provocar que periodistas y ciudadanos opten por no participar en el debate público ante el temor de ser exhibidos o señalados desde una instancia gubernamental.

También cuestionó que el Poder Ejecutivo destine personal y tiempo al monitoreo del debate en internet para calificar la difusión de mensajes críticos como “inorgánica”.

Señalamientos en redes aumentan tras publicación de listas

ARTICLE 19 relacionó el caso con los efectos que, según su documentación, han tenido las conferencias matutinas cuando son utilizadas para señalar a periodistas y medios.

La organización afirmó que, en las 48 horas posteriores a la presentación de las listas, aumentaron los mensajes intimidantes contra periodistas y medios incluidos en ellas.

Entre los hashtags mencionados aparecen #PrensaVendida, #ChayoteroMercenario y #MediosSicarios, utilizados para acusar a periodistas y medios de recibir beneficios económicos por sus publicaciones, estar vinculados con la derecha o recibir instrucciones de gobiernos extranjeros.

ARTICLE 19 recordó además que desde 2021 la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH pidió al Estado mexicano reconsiderar el espacio conocido entonces como “Quién es quién en las mentiras de la semana”, al considerar que se trataba de un espacio revestido de la autoridad del Estado y que la estigmatización podía generar condiciones para agresiones contra periodistas y defensores de derechos humanos.

La organización informó que durante 2025 documentó 197 casos de ambiente hostil, incluidos discursos estigmatizantes y criminalizantes, así como amenazas.

Mujeres periodistas enfrentan ataques diferenciados

El pronunciamiento también aborda el impacto de la violencia digital contra mujeres periodistas.

Como ejemplo, ARTICLE 19 menciona a Carmen Aristegui, quien, según la organización, ha sido objeto de mensajes que la califican de “hipócrita”, “desinformadora” y “chayotera”, además de publicaciones que utilizan una imagen alterada de la periodista acompañada de insultos.

ARTICLE 19 sostiene que este tipo de ataques incorpora componentes sexistas y constituye una expresión diferenciada de violencia de género.

La organización cita información de la UNESCO según la cual casi 73% de las mujeres periodistas encuestadas afirmó haber experimentado violencia en línea durante el ejercicio de su trabajo. También advierte que las agresiones digitales pueden escalar desde la estigmatización y el discurso de odio hasta amenazas y agresiones fuera de internet.

Estado debe mantener neutralidad ante el debate público

ARTICLE 19 sostiene que la CIDH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que, en principio, los discursos están protegidos por el derecho a la libertad de expresión, independientemente de su contenido o del grado de aceptación que tengan entre autoridades o sociedad.

En ese marco, plantea que el Estado debe mantener una posición neutral frente a las expresiones, particularmente cuando se trata de asuntos de interés público o críticas dirigidas a las instituciones gubernamentales.

La organización considera que las expresiones y opiniones sobre asuntos públicos tienen un nivel mayor de protección y que las autoridades deben mantener un mayor umbral de tolerancia frente a la crítica.

Por ello, ARTICLE 19 sostiene que el monitoreo del discurso público para calificar o desacreditar información crítica del gobierno resulta incompatible, a su juicio, con las obligaciones constitucionales y convencionales de México.

Cuestiona que la Consejería Jurídica califique información

Otro de los puntos centrales del pronunciamiento es la atribución que la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) estaría asumiendo para monitorear la conversación en redes sociales y clasificar información como verdadera o falsa.

ARTICLE 19 sostiene que utilizar recursos y capacidades institucionales para seleccionar, clasificar y señalar a periodistas y medios por sus posiciones críticas puede afectar la libertad de expresión.

La organización también cuestionó que la CJEF realice esta función debido a las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Según el artículo 43 citado en el documento, las funciones de la Consejería Jurídica se concentran principalmente en brindar asesoría y apoyo técnico-jurídico a la Presidencia, revisar proyectos normativos y opinar sobre tratados internacionales, entre otras responsabilidades.

ARTICLE 19 pide transparencia sobre metodología y evidencia

La organización considera que acusar la existencia de redes coordinadas para impulsar narrativas contra el gobierno sin presentar evidencia ni datos técnicos que permitan comprobarlo puede contribuir, paradójicamente, a la desinformación.

ARTICLE 19 también recordó un antecedente relacionado con el monitoreo gubernamental de contenidos. En 2023 documentó que, de 34 declaraciones del expresidente Andrés Manuel López Obrador analizadas durante las conferencias matutinas, en 58.8% el Estado no presentó información suficiente para comprobar su veracidad o falsedad, mientras que en 26.5% se corroboró que la declaración era falsa.

El documento menciona además el caso del investigador Ignacio Gómez Villaseñor, quien obtuvo un amparo contra publicaciones de Infodemia MX y el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano que lo señalaban por supuestamente difundir información falsa.

Según ARTICLE 19, el Poder Judicial ordenó al SPR retirar esas publicaciones y abstenerse de emitir otras similares sin contar previamente con sustento “objetivo, imparcial y verificable” que demostrara la falsedad de la información.

El punto de fondo: quién puede determinar qué es falso

El pronunciamiento de ARTICLE 19 coloca el debate en un punto específico: qué autoridad puede monitorear, clasificar y calificar la conversación pública y con qué evidencia puede hacerlo.

La organización no cuestiona únicamente el objetivo declarado de combatir la desinformación, sino el uso de recursos públicos para identificar y clasificar a periodistas, medios y usuarios, así como la ausencia de una metodología técnica y evidencia pública que permita verificar las conclusiones del análisis presentado por la Consejería Jurídica.

ARTICLE 19 advierte que, mientras se amplíen las facultades estatales para monitorear el discurso público sin transparencia sobre las metodologías ni sobre la evidencia utilizada, acciones como la presentada el 12 de agosto pueden producir “efectos inhibitorios o de autocensura en internet”.

El documento, por tanto, no establece que exista una resolución judicial que haya declarado inconstitucional el ejercicio de la Consejería Jurídica. Lo que plantea es una objeción de ARTICLE 19 sobre su compatibilidad con los estándares de libertad de expresión, el uso de recursos públicos y las atribuciones legales de la CJEF. La diferencia es relevante para separar los señalamientos de la organización de hechos jurídicamente acreditados.

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