La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que portar el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) no es motivo para rechazar a aspirantes en los procesos de selección del Sistema Educativo Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). La decisión, basada en los principios de igualdad y no discriminación, subraya que el diagnóstico positivo de VIH no debe ser un impedimento para acceder a la educación militar.
La resolución se originó a partir del Amparo en revisión 18/2024, presentado por un aspirante que fue rechazado debido a su condición de salud. La ponencia estuvo a cargo de la ministra Lenia Batres Guadarrama y fue resuelta en sesión de la SCJN el 16 de octubre de 2024, con una mayoría de cuatro votos a favor y uno en contra, emitido por el ministro Luis María Aguilar Morales.
En su fallo, la SCJN argumentó que las personas con VIH pueden mantener el virus controlado y llevar una vida sana mediante un tratamiento adecuado. Por lo tanto, portar el virus no debería ser considerado un impedimento para acceder al derecho a la educación, ya que el diagnóstico no implica invariablemente la incapacidad para aspirar a una especialidad militar.
La decisión también reafirma que en México está prohibido imponer condiciones discriminatorias para el acceso a la educación, especialmente cuando estas limitaciones están basadas en la salud de las personas. Este fallo representa un avance significativo en la lucha contra la discriminación y en la promoción de la igualdad de oportunidades dentro del sistema educativo militar del país.