El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMich) resolvió desechar de plano el Recurso de Apelación TEEM-RAP-089/2024, presentado por el Partido Encuentro Solidario Michoacán (PES), al considerarlo extemporáneo de acuerdo con los plazos legales estipulados. El recurso impugnaba el Acuerdo IEM-CG-223/2024 del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), el cual declaraba el inicio del periodo de prevención en el procedimiento de liquidación de los partidos políticos locales que no alcanzaron el 3% de la votación estatal válida.
Declaración de Inexistencia de Infracciones por el TEEMich
En el segundo punto del orden del día, las Magistradas Yurisha Andrade Morales, Alma Rosa Bahena Villalobos y Yolanda Camacho Ochoa, junto al Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, declararon la inexistencia de las infracciones atribuidas a los Partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD). Estos partidos fueron denunciados por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y MORENA por actos de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y violación a los principios de imparcialidad y neutralidad.
Incompetencia Material en Caso de Violencia Política de Género
En el tercer punto, el TEEMich determinó su incompetencia material para conocer del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-VPMG-083/2024, presentado por dos ciudadanas contra un representante del PAN en Tuxpan por violencia política de género. El tribunal dejó sin efecto el acuerdo de admisión de la denuncia y dio vista a diversas autoridades estatales para que determinen lo correspondiente en sus ámbitos de competencia.
Desecho de Demanda de MORENA
El Pleno del Tribunal Electoral desechó de plano la demanda presentada por MORENA en el Recurso de Apelación TEEM-RAP-095/2024, debido a un cambio de situación jurídica que dejó sin materia la demanda.
Otros Puntos Relevantes
En el quinto asunto, el Tribunal resolvió no aceptar una demanda de Juicio Ciudadano presentada vía correo electrónico, ya que no se demostraron circunstancias que impidieran la presentación en los términos exigidos por la ley.
El TEEMich también resolvió diversos Procedimientos Especiales Sancionadores, incluyendo casos de presunta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña. En la mayoría de los casos, el tribunal declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas a los denunciados y a los partidos políticos por responsabilidad indirecta.
Amonestación Pública por Difusión de Imágenes de Menores
En un caso relevante, el TEEMich amonestó públicamente a un candidato independiente a la presidencia del Ayuntamiento de Charo por la difusión de imágenes de menores en su perfil de redes sociales, ordenando medidas de no repetición y capacitación en el interés superior de la niñez.
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán sigue firme en su compromiso de asegurar el cumplimiento de la normativa electoral, desechando recursos extemporáneos y declarando inexistentes las infracciones cuando no se encuentran pruebas suficientes, garantizando así la equidad y transparencia en los procesos electorales del estado.